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Las 500 personas sin titulación contratadas durante el COVID-19 para cuidado de dependientes podrán obtener la habilitación provisional

Deberán acreditar ante el Departamento de Derechos Sociales su experiencia laboral o realizar la formación para obtener la titulación antes del 31 de diciembre de 2022
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Persona dependiente. IMAGEN DE ARCHIVO
Las 500 personas sin titulación contratadas durante el COVID-19 para cuidado de dependientes podrán obtener la habilitación provisional

El Departamento de Derechos Sociales ha aprobado un procedimiento para que las cerca de 500 personas sin titulación, contratadas excepcionalmente durante la pandemia para el cuidado de personas dependientes, puedan obtener la habilitación provisional que les permitirá el acceso a puestos de trabajo del sistema de atención a la dependencia.

Las personas en esta situación podrán realizar la solicitud de habilitación a partir del 21 de mayo, una vez publicada en el BON la resolución que aprueba el procedimiento.

Según ha señalado la consejera Carmen Maeztu, “es una forma de reconocer el importante papel que han jugado durante la pandemia, especialmente en el momento más duro, para garantizar la adecuada atención a las personas dependientes en los centros o en su domicilio, ante el importante número de profesionales que causaron baja”.

Esta medida, sumada a otras acciones de formación que se están promoviendo desde el Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, permitirán contar con una bolsa de contratación de personal en un sector cuya demanda crece y se espera que siga haciéndolo en los próximos años.

10.000 empleos en el sector

En este momento se estima que en torno a 10.000 personas trabajan en centros y servicios del Sistema de Autonomía y Atención a la Dependencia, con perfiles profesionales de gerocultura, cuidador y cuidadora, auxiliar de ayuda a domicilio y asistente personal.

Como se recordará, debido a la situación de pandemia derivada del COVID-19, el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema de Autonomía y Atención a la Dependencia, autorizó en marzo de 2020, un nuevo régimen provisional excepcional de contratación en las distintas categorías profesionales del sistema de dependencia.

Según estableció, en aquellas zonas donde se acreditase que no existían demandantes de empleo con las titulaciones necesarias para la atención de personas en situación de dependencia, o en municipios con menos de 5.000 habitantes, podrían desempeñar estas funciones personas que, careciendo de titulación, preferentemente, tuvieran experiencia en cuidado y atención de personas dependientes.

En octubre, dada la persistencia de la situación sanitaria y las necesidades especiales de contratación de personal en el sector el Consejo Territorial prorrogó por otros tres meses este régimen excepcional de contratación y estableció la posibilidad de que las personas contratadas a través de esta fórmula excepcional pudieran recibir la habilitación provisional.

Con este motivo, desde el Gobierno de Navarra se inicia el procedimiento para que las personas contratadas en centros o domicilios puedan obtener la habilitación provisional.

La habilitación les abre las puertas abiertas a puestos de trabajo del sistema de atención a la dependencia, siempre que se comprometan a participar en los procesos de evaluación y acreditación de su experiencia laboral o a realizar la formación vinculada a los correspondientes certificados de profesionalidad o títulos de formación profesional antes del 31 de diciembre de 2022. Esta habilitación tendrá validez en todo el territorio nacional hasta el 31 de diciembre de 2022.

Las personas interesadas pueden presentar la solicitud en el Departamento de Derechos y hacer el trámite, de forma on line en este enlace.

También pueden presentar las solicitudes, con la documentación correspondiente, en el Registro de la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas (c/ González Tablas, 7, C.P. 31005 Pamplona), en el Registro General del Gobierno de Navarra, a través de las oficinas de Correos o en cualquiera de los lugares previstos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

También se puede presentar en las oficinas de registro y atención del Gobierno de Navarra y en cualquier otro lugar previsto en la Ley 39/2015.

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